En esta sección explicamos y respondemos a las preguntas mas comunes que el cliente tiene, antes de iniciar la legalización de su pozo o sondeo.
Cuando se inicia un expediente para la solicitud de una concesión o inscripción de aguas, nos podemos encontrar con que supeficie solicitar para el riego o el abastecimiento de agua, es decir nos podemos encontrar con un problema que es que la superficie de una parcela pueda variar en escrituras, catastro y sigpac.
Si nos encontramos con esta discordancia, la superficie que debemos solicitar es la reflejada en las escrituras, ya que ésta es la que va a coger la Confederación Hidrográfica del Tajo para conceder la incripción o concesión de aguas.
En el caso de que en la memoria de concesión o inscripción de aguas solicitemos una superficie de riego superior de la que aparece en escrituras, porque sea la reflejada en catastro o en sigpac, la Confederación Hidrográfica del Tajo procederá a ajustarnos el volumen concedido a la parte proporcional de la superficie reflejada en escrituras.
Para comprobar estos datos la Confederación Hidrográfica del Tajo siempre solicitan para tramitar la solicitud de concesión o inscripción de aguas, las escrituras de propiedad de los terrenos afectados.
A priori, para ejecutar un pozo, que pretende tener un uso, y que vaya a ser clasificado como sección A, o concesión, deberiamos solicitarlo y obtener autorización de forma previa a su ejecución. No obstante no se suele hacer asi; solicitandose primeramente una autorización para ejecutar el sondeo o pozo a minas, como permiso de investigación y una vez que evaluamos las reservas hidricas de este pozo y de su acuifero mediante un aforo solicitariamos la concesión de aguas para el uso que consideremos oportuno en un futuro.
Para obtener la autorización o mejor dicho, la resolución de la concesión de aguas, debemos aportar solicitud mediante el modelo de la confederación junto con la documentación administrativa, y la documentación técnica.
Los pasos que sigue nuestra solicitud de concesión de aguas son:
- Esta documentación se evalua por los servicios técnicos de la Confederación.
- Se solicitan al interesado subsanaciones o aclaraciones.
- Se solicitan informes a otros organismos.
- Se informa desde la oficina de planificación hidrológica, y si se trata de aguas subterraneas el servicio de hidrogeología tambien informará sobre nuestra posibilidad.
- Tramite de audiencia al interesado del expediente.
- Propuesta de resolución de concesión de aguas, con mención de todas las caracteristicas que se pretende aprobar. Lo que se llama remisión de condiciones de concesión de aguas.
- Aceptación de condiciones del interesado, para otorgarse finalmente la concesión de aguas, publicandose tambien en el Diario Oficial esta misma.
Como puede ver el tramite es largo y por tanto conviene que contrate con una empresa de larga experiencia, y no solo vigile el precio; puesto que puede verse abandonado en el proceso de obtención de su concesión de aguas.